CHALET PAREADO EN VENTA CON TERRAZA EN VILLAFUFRE

€ 212.100
Referencia: RV0452
  • Tipo: Casas o chalets
  • Operación Venta
  • Localización Municipio: Villafufre
  • Localización Población:Villafufre
  • Habitaciones Habitaciones: 3
  • Baños Baños/Aseos: 2 baños
  • Terraza Terraza: Sí
  • Metros construidos Metros: 166m2
  • Año de construcción Año de construcción: 2003

Características

  • Aire acondicionado: no
  • Estado: Disponible

Detalles

Se vende acogedor chalet pareado en Villafufre, una localidad rodeada de naturaleza y tranquilidad, ideal para quienes buscan calidad de vida en un entorno privilegiado sin renunciar a las comodidades del día a día. La vivienda cuenta con 166 m² construidos y aproximadamente 120 m² útiles, distribuidos de forma funcional y confortable. Dispone de 3 habitaciones, una de ellas principal de mayor tamaño, y 2 baños completos, ofreciendo el espacio ideal para familias o como segunda residencia. Se encuentra en buen estado de conservación, lista para entrar a vivir, y destaca por sus amplias estancias y su agradable terraza, perfecta para disfrutar del aire libre y del entorno natural. Además, dispone de zona de aparcamiento, aportando comodidad y practicidad en el día a día. Ubicada en una zona tranquila y bien comunicada, permite disfrutar de la naturaleza y el entorno rural, encontrándose a aproximadamente 30 kilómetros de la costa cántabra. Una excelente oportunidad para quienes buscan una vivienda amplia, cómoda y rodeada de tranquilidad. Para más información o concertar una visita, contacte con el equipo de RE/MAX Vértice. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en La Comunidad de Cantabria (generalmente el 9% sobre el precio de venta o el Valor de Referencia de Catastro, el que resulte superior), sin perjuicio de posibles tipos reducidos aplicables según la situación personal del comprador o las características del inmueble. Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre. Gastos de Registro de la Propiedad: La inscripción se facturará según el arancel oficial establecido en el Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre. Gastos de gestoría (en su caso): Los gastos derivados de la tramitación administrativa de la compraventa (presentación y liquidación de impuestos e inscripción registral) serán asumidos por la parte compradora si decide encargar dichos trámites a un profesional, siendo su importe variable. Honorarios profesionales por encargo de compra (si procede): Podrían existir honorarios a cargo del adquirente únicamente en aquellos casos en que haya contratado servicios específicos de Personal Shopper Inmobiliario (PSI), no vinculados al precio de compraventa. Para una información detallada sobre tipos impositivos y posibles bonificaciones del ITP en La Comunidad de Cantabria solicita tu cita con uno de nuestros agentes.

✦ Ley 10/2025 · Transparencia Inmobiliaria

Gastos de Compraventa

Calcula el coste total real de adquisición de este inmueble de acuerdo con las obligaciones de transparencia establecidas por la Ley 10/2025.

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Inmueble
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Resultado

Datos del inmueble

El precio de venta se obtiene directamente del anuncio. Indica si se trata de obra nueva o segunda mano y selecciona la comunidad autónoma para aplicar el tipo impositivo correcto.

Segunda mano Usado / reventa — según datos del anuncio

¿Habrá hipoteca?

Si el comprador necesita financiación bancaria, los gastos de constitución de la hipoteca deben también contemplarse en el coste total de la operación.

Precio total estimado
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Precio del inmueble más todos los gastos obligatorios estimados
TOTAL ESTIMADO 0 €
✦ Ley 10/2025 — Transparencia Inmobiliaria
Todos estos gastos deben aparecer desglosados en el anuncio del inmueble desde el primer momento de su publicación. Queda prohibida la práctica del precio por tramos: no se pueden añadir costes adicionales durante la negociación que no figurasen en el anuncio inicial.

Estimación orientativa. Los impuestos (ITP, IVA/IGIC, AJD) son fijos según la normativa vigente a 09/04/2026. Los importes de notaría, registro y gestoría son aproximaciones calculadas conforme a los aranceles en vigor. Nota: Cataluña aplica ITP del 10% hasta el 30/06/2026 y bajará al 9% a partir del 01/07/2026. Se recomienda consultar con un profesional para obtener el cálculo exacto adaptado a cada operación.

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