- Tipo: Fincas y solares
- Operación Venta
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Municipio: Íscar
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Población:iscar
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Terraza: Sí
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Metros parcela: 491m2
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Año de construcción: 2019
Características
- Aire acondicionado: no
- Orientación: Este::Oeste
- Estado: Disponible
Detalles
Un rincón con historia, espacio y tranquilidad En este terreno urbano puedes construir la casa que siempre has querido en una parcela urbana de 491,50 m² finales, situada en uno de los enclaves con más encanto de Íscar (Valladolid). Frente al imponente castillo, este terreno ofrece unas vistas privilegiadas que convierten cada día en un pequeño lujo. Su ubicación consigue un equilibrio difícil de encontrar: la comodidad de tener todos los servicios del municipio a pocos minutos ?comercios, colegios, instalaciones deportivas, zonas de ocio y restauración?, sin renunciar a la calma y la privacidad de una zona más despejada y residencial. Es el lugar perfecto para quienes buscan amplitud, libertad para diseñar un hogar a medida y un entorno donde la historia y la naturaleza conviven en armonía. Un espacio con infinitas posibilidades para crear un proyecto único, disfrutando de la tranquilidad sin desconectar de todo lo que necesitas. Más que un terreno, es una oportunidad para empezar una nueva etapa en un entorno con personalidad, donde el castillo será el mejor vecino y la calidad de vida, el verdadero protagonista. Ocupación máxima de edificación sobre parcela edificable será del 70%. La edificabilidad sobre parcela edificable será como máximo de 1,2 m2/m2 La altura máxima será de 7 metros (PB+1) Ahora está a un precio inigualable!!! El parámetro para la fijación del precio final del inmueble es el principio de la libre autonomía de la voluntad entre la parte vendedora y compradora, pues actuamos como simples intermediarios de la operación, por lo que no incluye los incrementos o descuentos resultantes de la negociación entre ambos, de modo que la reserva del inmueble únicamente se producirá después de que una propuesta de compra o arrendamiento haya sido expresamente aceptada por la parte vendedora. Asimismo, el precio indicado no incluye el resto de gastos que puedan ser de aplicación, por lo que, a título meramente orientativo, la parte compradora también puede tener que adicionar al precio indicado otros gastos como Notaría, Registro de la Propiedad, honorarios por servicios inmobiliarios, financieros, de tasación hipotecaria o de gestoría, impuestos (IVA/ITP/AJD), tasas o contribuciones especiales, cuya base de cálculo será, generalmente, el valor mayor entre precio final de adquisición/valor de tasación/valor de referencia catastral. Como tales gastos por su naturaleza y singularidad no pueden ser calculados de antemano por razones objetivas, pues atienden a las circunstancias personales del comprador u otras previstas legalmente, consúltenos información y documentación adicional para poder estimar los importes en base a sus circunstancias concretas y el régimen fiscal aplicable. El comprador escoge libremente notario. El consumidor tiene derecho a disponer de información y documentación adicional relativa al inmueble y condiciones de la compraventa accesibles en la sede física de la agencia. El presente anuncio tiene carácter meramente informativo; la información suministrada se corresponde con la disponible a la fecha de publicación, pudiendo variar en función de las circunstancias o actualizaciones legales, contractuales y fiscales. Si tienes interés no dudes en llamarnos
Gastos de Compraventa
Calcula el coste total real de adquisición de este inmueble de acuerdo con las obligaciones de transparencia establecidas por la Ley 10/2025.
Datos del inmueble
El precio de venta se obtiene directamente del anuncio. Indica si se trata de obra nueva o segunda mano y selecciona la comunidad autónoma para aplicar el tipo impositivo correcto.
¿Habrá hipoteca?
Si el comprador necesita financiación bancaria, los gastos de constitución de la hipoteca deben también contemplarse en el coste total de la operación.
Todos estos gastos deben aparecer desglosados en el anuncio del inmueble desde el primer momento de su publicación. Queda prohibida la práctica del precio por tramos: no se pueden añadir costes adicionales durante la negociación que no figurasen en el anuncio inicial.
Estimación orientativa. Los impuestos (ITP, IVA/IGIC, AJD) son fijos según la normativa vigente a 09/04/2026. Los importes de notaría, registro y gestoría son aproximaciones calculadas conforme a los aranceles en vigor. Nota: Cataluña aplica ITP del 10% hasta el 30/06/2026 y bajará al 9% a partir del 01/07/2026. Se recomienda consultar con un profesional para obtener el cálculo exacto adaptado a cada operación.
