Características
- Aire acondicionado: no
- Orientación: Este::Oeste
- Estado: Disponible
Detalles
Un proyecto de vida entre las montañas de Celucos o un lugar idílico como segunda residencia Hay lugares que todavía conservan el silencio, el ritmo pausado y la autenticidad de los pueblos de siempre. Celucos es uno de ellos: un pequeño núcleo rodeado de montañas, prados y caminos, situado en un entorno privilegiado del valle del Nansa. Se vende un almacén de 206 m² construidos, con posibilidad de tramitar el cambio de uso a vivienda. El inmueble está adosado únicamente por uno de sus lados y ofrece la posibilidad de abrir ventanas en sus fachadas, lo que permitiría proyectar una vivienda luminosa, amplia y con una distribución completamente personalizada. Necesita una reforma integral y dispone de unas dimensiones generosas para crear una casa diferente, respetando el carácter rural de la zona y adaptándola a una nueva forma de vivir. Celucos permite disfrutar de la naturaleza a diario sin quedar aislado. Puentenansa, donde se encuentran los servicios necesarios, está a unos siete minutos. El emblemático pueblo de San Sebastián de Garabandal se sitúa a tan solo 15 minutos. En los alrededores también se pueden disfrutar numerosas rutas de senderismo y visitar cuevas como El Soplao y Chufín. En aproximadamente 25 minutos se llega a San Vicente de la Barquera y a las magníficas playas de Pechón y Prellezo. Una propiedad para quien no busca una casa terminada, sino la oportunidad de crearla: un refugio para desconectar, una segunda residencia en plena naturaleza o el punto de partida hacia una vida más tranquila. El cambio de uso, la apertura de huecos y las obras proyectadas estarán sujetos a la correspondiente viabilidad técnica y autorización administrativa. Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales (ITP): Se aplicará el tipo impositivo vigente en La Comunidad de Cantabria (generalmente el 9% sobre el precio de venta o el Valor de Referencia de Catastro, el que resulte superior), sin perjuicio de posibles tipos reducidos aplicables según la situación personal del comprador o las características del inmueble. Gastos de Notaría: Los honorarios notariales se calcularán conforme al arancel oficial regulado en el Real Decreto 1426/1989, de 17 de noviembre. Gastos de Registro de la Propiedad: La inscripción se facturará según el arancel oficial establecido en el Real Decreto 1427/1989, de 17 de noviembre. Gastos de gestoría (en su caso): Los gastos derivados de la tramitación administrativa de la compraventa (presentación y liquidación de impuestos e inscripción registral) serán asumidos por la parte compradora si decide encargar dichos trámites a un profesional, siendo su importe variable. Honorarios profesionales por encargo de compra (si procede): Podrían existir honorarios a cargo del adquirente únicamente en aquellos casos en que haya contratado servicios específicos de Personal Shopper Inmobiliario (PSI), no vinculados al precio de compraventa. Para una información detallada sobre tipos impositivos y posibles bonificaciones del ITP en La Comunidad de Cantabria solicita tu cita con uno de nuestros agentes.
Gastos de Compraventa
Calcula el coste total real de adquisición de este inmueble de acuerdo con las obligaciones de transparencia establecidas por la Ley 10/2025.
Datos del inmueble
El precio de venta se obtiene directamente del anuncio. Indica si se trata de obra nueva o segunda mano y selecciona la comunidad autónoma para aplicar el tipo impositivo correcto.
¿Habrá hipoteca?
Si el comprador necesita financiación bancaria, los gastos de constitución de la hipoteca deben también contemplarse en el coste total de la operación.
Todos estos gastos deben aparecer desglosados en el anuncio del inmueble desde el primer momento de su publicación. Queda prohibida la práctica del precio por tramos: no se pueden añadir costes adicionales durante la negociación que no figurasen en el anuncio inicial.
Estimación orientativa. Los impuestos (ITP, IVA/IGIC, AJD) son fijos según la normativa vigente a 09/04/2026. Los importes de notaría, registro y gestoría son aproximaciones calculadas conforme a los aranceles en vigor. Nota: Cataluña aplica ITP del 10% hasta el 30/06/2026 y bajará al 9% a partir del 01/07/2026. Se recomienda consultar con un profesional para obtener el cálculo exacto adaptado a cada operación.
