Características
- Aire acondicionado: no
- Estado: Disponible
Detalles
Magnífico apartamento en alquiler en el barrio de Trafalgar, ubicado entre la Plaza de Chamberí y la Plaza de Olavide, a pocos minutos andando de las estaciones de metro de Iglesia (L1), Alonso Martínez (L4, L5 y L10) y Quevedo (L2). En una localización inmejorable, la vivienda destaca por una distribución moderna y funcional: - Amplio salón-comedor con mobiliario cuidadosamente seleccionado y Smart TV de 32''. - Cocina americana equipada con frigorífico, horno, vitrocerámica, microondas y menaje completo. También cuenta con lavadora-secadora. - 1 dormitorio principal con dos amplios armarios y espacios de almacenaje. - 2 cuartos de baño completos (unos de ellos en suite), lo que supone una gran ventaja y aporta privacidad. Requisitos: - Contrato de alquiler de larga estancia. - Se requerirá documentación económica para acreditar solvencia. - 1 mes de fianza. - NO se aceptan mascotas. En cumplimiento del art. 20 de la Ley General para la defensa de los consumidores y usuarios (modificado por la Ley 10/2025), se informa que el PRECIO MENSUAL OFERTADO DE RENTA DE LA VIVIENDA es: 1.800?, no incluye gastos e impuestos inherentes a la formalización del contrato de arrendamiento de vivienda para uso estable y permanente, los cuales se enumeran a continuación correspondiendo al inquilino/arrendatario: (I) IMPUESTOS: Actualmente, el inquilino de vivienda para uso estable y permanente está exento de presentar la autoliquidación y de pagar el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados. (II) GASTOS: Arrendador y arrendatario podrán pactar que los gastos generales para el adecuado sostenimiento del inmueble, sus servicios, tributos, cargas y responsabilidades que no sean susceptibles de individualización y que correspondan a la vivienda arrendada o a sus accesorios, sean a cargo del arrendatario. Este pacto constará por escrito y determinando el importe anual de dichos gastos. Los que se individualizan por aparatos contadores serán del arrendatario. (III) Honorarios de la agencia inmobiliaria: No cobramos comisión al inquilino. En caso de pacto de honorarios profesionales a cargo del inquilino, se suscribirá el correspondiente documento.